El anuncio del nuevo gravamen minero por 3 mil millones de soles anuales ha sido sin duda la “pepa” del mensaje del Primer Ministro Lerner al Congreso. Analicemos algunos aspectos centrales de lo que se ha anunciado al respecto, pendientes de revisión cuando las normas respectivas sean promulgadas.
2. Mejor que no se llame “impuesto”Por la sencilla razón de que varias mineras tienen contratos de estabilidad tributaria, los que las protegen de cambios en impuestos pero no las protegen de otros cargos administrativos o regalías. Por lo mismo, es mejor que no sea una modificación de un impuesto existente.
3. Aplicarlo sobre las utilidades operativas es una buena opción.Se ha anunciado que la base de cálculo serán las utilidades operativas. Es una buena opción. Un impuesto sobre las ventas, al cobrar igual a la mina de bajo costo que a la de alto costo, puede “sacar de juego” o hacer que ya no sean rentables las minas más caras. Un impuesto a las utilidades cobra más al que tiene más margen de ganancia; y si alguna mina es poco rentable, afecta menos su margen de utilidad. En términos económicos, es más eficiente de esta manera.
No es correcto decir que por aplicarse sobre las utilidades operativas recauda menos que si fuera sobre las ventas; es verdad que las utilidades operativas son menores a las ventas, pero eso puede fácilmente resolverse estableciendo una mayor tasa. Es verdad que es un poco más difícil de fiscalizar, pero ya hoy la SUNAT fiscaliza el impuesto a la renta que es bastante más complejo aún.